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CAMBIO DE CATEGORÍA
CAMBIO DE CATEGORÍA (APLICA PARA PROFESORES CATEDRÁTICOS).
1. Categoría Auxiliar (Acuerdo del Consejo Superior 081 de 1994 Artículo 1):
Equivaler a la categoría de profesor AUXILIAR los docentes de cátedra y tutores que al momento de firmar su contrato acrediten como requisito su título de Educación Superior.
2. Categoría Asistente (Acuerdo del Consejo Superior 081 de 1994 Artículo 2):
Equivaler a la categoría de profesor ASISTENTE, los docentes de cátedra y tutores que al momento de firmar su contrato acrediten:
- Título de Educación Superior.
- Experiencia profesional de 4 años o docente universitaria de 4 períodos académicos con cualquier dedicación o en su defecto un título de posgrado.
3. Categoría Asociado (Acuerdo del Consejo Superior 081 de 1994 Artículo 3):
Equivaler a la categoría de profesor ASOCIADO, los docentes de cátedra y tutores que al momento de firmar su contrato acrediten:
- Título de Educación Superior.
- Experiencia profesional de 6 años o docente universitario de 6 períodos académicos con cualquier dedicación o un título de posgrado y 3 años de experiencia profesional o docente universitaria de 3 períodos académicos.
- Haber elaborado y sustentado ante homólogos de otras Instituciones un trabajo que constituya un aporte significativo a la docencia, a las ciencias, a las artes o a las humanidades. (Aplica lo establecido en el Acuerdo del Consejo Académico 014 de 2023)
4. Categoría Titular (Acuerdo del Consejo Superior 081 de 1994 Artículo 4):
Equivaler a la categoría de profesor ASOCIADO, los docentes de cátedra y tutores que al momento de firmar su contrato acrediten:
- Título de Educación Superior.
- Experiencia profesional de 8 años o docente universitario de 8 períodos académicos con cualquier dedicación o un título de posgrado y 4 años de experiencia profesional o docente universitaria de 4 períodos académicos.
- Haber elaborado y sustentado ante homólogos de otras Instituciones de Educación Superior, al menos dos trabajos diferentes que constituyan un aporte significativo a la docencia, a las ciencias, a las artes o a las humanidades. (Aplica lo establecido en el Acuerdo del Consejo Académico 014 de 2023)
Para el cambio de categoría de profesor(a) Auxiliar a Asistente, la solicitud debe ser presentada por el profesor(a) directamente a la Dirección de Departamento, estas solicitudes no son tramitadas por el Comité de Evaluación y Escalafón Docente.