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Escudo

Circulares Vicerrectoría Administrativa

ENTE EMISOR ACTO ADMINISTRATIVO FECHA DESCRIPCIÓN
Consejo Superior Acuerdo N° 043 de 2014 Diciembre 12 de 2014 Por medio del cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Universidad del Tolima
 Rectoría Resolución N° 0655 2015 Mayo 12 de  2015

Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 043 del 12 de Diciembre de 2014, Estatuto General de Contratación de la Universidad del Tolima

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    MARIO RICARDO LÓPEZ RAMÍREZ
    Vicerrector Administrativo
Formación Académica
Ibaguereño, Bachiller del Colegio Nacional San Simón
Economista de la Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín
Especialista en Gestión Agroambiental – Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín
Magister en Administración Económica y Financiera – Universidad Tecnológica de Pereira

Experiencia Administrativa

Decano Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas Universidad del Tolima
Director Programa de Economía Universidad del Tolima
Director Posgrados Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas - Universidad del Tolima
Coordinador Punto de Bolsa de Valores de Colombia – UT
 

Experiencia Docente

Profesor Catedrático
Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín diez años
Universidad de Antioquia – nueve años
Universidad de Medellín – cinco años
Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín – cuatro años
Universidad del Tolima – seis años
Docente de Planta Universidad del Tolima desde el año 2014

 

 

El  objeto  del  Comité  de Contratación  es  actuar  como   instancia  asesora,  responsable  de  velar  por  el adecuado cumplimiento de las normas de contratación de la Universidad.

El Comité de contratación estará integrado por:

  1. El Vicerrector Administrativo, quien lo presidirá
  2. El Director de la Oficina Desarrollo Institucional
  3. El Secretario General
  4. El Asesor Jurídico
  5. El profesional universitario encargado de la Oficina de Contratación
  6. El representante de los profesores ante el Consejo Superior o su suplente
  7. El representante de los estudiantes ante el Consejo Superior o su suplente

Funciones

  1. Aprobar, de acuerdo con su competencia, todo lo relacionado con los procesos de contratación de cuantía superior a doscientos (200) S.M.M.L.V.
  2. Revisar las políticas y procedimientos de contratación en la Universidad, y recomendar los correctivos necesarios.
  3. ecomendar al Rector la suscripción de contratos en aquellos procesos de selección de menor y de mayor cuantía.
  4. Evaluar la ejecución del Plan Anual de Adquisiciones.
  5. Conformar o designar comités técnicos, para la evaluación de las propuestas en los procesos de selección de menor y de mayor cuantía.
  6. Solicitar apoyo de expertos cuando lo considere necesario.
  7. Recomendar al ordenador del gasto las acciones que deban ejecutarse ante el incumplimiento de los contratistas, con fundamento en los informes presentados por el interventor o por el supervisor del contrato, y a través del secretario del Comité en los de menor y de mayor cuantía.
  8. Evaluar y conceptuar sobre la viabilidad y conveniencia institucional de modificaciones, prórrogas, adiciones o suspensiones, relacionadas con los contratos que haya sugerido.
  9. Proponer políticas generales en materia contractual, y recomendar al ordenador del gasto las estrategias y mecanismos que permitan optimizar los recursos asignados para la contratación de bienes y servicios.
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