Becas Estudiantiles
Acuerdo No. 027 de 2005 del Consejo Superior: "Por medio de la cual se crea y reglamenta el Sistema de Becas Estudiantiles"
Objeto: Apoyo económico, consistente en la exoneración del pago de los derechos de matrícula.
Modalidades:
- Por rendimiento académico y condiciones socioeconómicas
- Por calamidad
- Por mérito deportivo
- Por méritos artísticos y culturales
- Por méritos de trabajos académicos y de investigación
- Por méritos académicos
Para ser beneficiarios de las becas estudiantiles por cualquiera de las modalidades mencionadas, se debe tener en cuenta los siguientes requisitos
- Estar matriculado en algún programa académico de pregrado
- No haber recibido sanción disciplinaria de acuerdo con lo estipulado en el artículo 28 del acuerdo 006 de 1996
- Tener un rendimiento académico igual o superior a aceptable (3.00). Para el caso de la beca por méritos académicos o mención de honor, el promedio deberá ser igual o superior a 4,2.
Nota: Leer los demás requisitos necesarios para obtener la beca de acuerdo a cada modalidad
Por rendimiento académico y condiciones socio-económicas
Serán para aquellos estudiantes que, teniendo un rendimiento académico a partir de aceptable, son de menores recursos económicos.
- Tipos: Existen dos tipos de becas, A y B.
- Tipo A: Consiste en la exoneración del pago de matrícula y un apoyo económico.
- Tipo B: Consiste únicamente en la exoneración del pago de matrícula.
- Duración: Las becas se otorgan por un periodo académico.
- Cantidad: Será igual al 10%, de la población estudiantil matriculada, para cada programa académico de pregrado en la modalidad presencial, y se distribuirán así:
- Para tipo A el 2 %
- Para tipo B el 8 %
Requisitos:
- Ser estudiante de algún programa académico de la modalidad presencial de pregrado.
- Que el valor correspondiente a la liquidación de los derechos de matrícula sea igual o menor a 0.75 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- Que el promedio académico obtenido por el estudiante en el semestre inmediatamente anterior sea igual o superior a "aceptable" (parágrafo 1º del artículo 24º del Acuerdo No. 06 de 1996 del Consejo Superior, Estatuto Estudiantil).
- Que el número de materias cursadas corresponda al establecido para el nivel en el cual se encontraba matriculado.
- No haber recibido sanción disciplinaria de acuerdo a lo estipulado en el artículo 28 del Acuerdo 006 de 1996.
- Selección: La selección de los beneficiarios de las becas estudiantiles por rendimiento académico y condiciones socioeconómicas, se basará en el puntaje obtenido para cada estudiante, mediante la aplicación de la fórmula estipulada en el artículo 8º del mencionado Acuerdo.
- Adjudicación: La adjudicación se hará una vez termine la tercera semana académica del respectivo semestre, directamente sobre la información correspondiente al semestre inmediatamente anterior que repose, a esa fecha, en la Oficina de Admisiones, Registro y Control Académico, dependencia que producirá los listados de beneficiarios y los remitirá al Comité de Becas Estudiantiles para el proceso correspondiente
Las becas se adjudicarán en estricto orden de puntaje, el 2 % de puntajes más altos corresponden a las becas tipo A y el siguiente 8 % a las becas tipo B.
Por calamidad
Consistentes en la exoneración del pago de los derechos de matrícula, para atender extraordinariamente aquellos casos de necesidad por ocurrencia de grave calamidad a un estudiante o su unidad económica familiar de la cual dependa, que afecte sensiblemente su situación económica y su continuidad académica, previo estudio del caso por parte de sección asistencial de bienestar universitario, según reglamentación que para el efecto expida el Comité de Becas.
Por mérito deportivo
Incentivo para aquellos estudiantes que reciban reconocimiento en campeonatos nacionales, internacionales, olímpicos o mundiales, reconocidos por Coldeportes, representando a la Universidad, en categorías de oro, plata o bronce, individualmente o por equipos.
Por méritos artísticos y culturales
Incentivo para aquellos estudiantes que en representación de la Universidad se hayan destacado en festivales o concursos culturales nacionales o internacionales, ocupando uno de los tres primeros puestos, ya sea individualmente o en grupo.
Por méritos de trabajos académicos y de investigación
Se aplicarán sobre trabajos ya realizados. La asignación la hará el Comité de Becas Estudiantiles, con base en selección y recomendación del Comité Central de Investigaciones. Para el efecto, este último expedirá una reglamentación que establezca criterios adecuados de calidad. En dichas reglamentaciones se tendrán en cuenta los reconocimientos nacionales o internacionales que los trabajos concursantes hayan obtenido. Semestralmente, el Comité de Investigaciones hará la correspondiente convocatoria pública y con base en la reglamentación y en la evaluación efectuada por jurados sin vinculación con el respectivo trabajo, seleccionará uno por cada programa académico, siempre y cuando tenga mérito claramente sobresaliente. Si en algún programa no hubiere un trabajo con calidad suficiente, no se hará, respecto de ese programa, recomendación al Comité de Becas.
Por méritos académicos o Matrícula de Honor
Exoneración del pago de derechos de matrícula en el semestre siguiente al cual se ha obtenido, al estudiante con el más alto promedio de calificación de cada nivel, de cada programa.
Requisitos
- Estar nivelado de acuerdo a las materias del semestre
- Tener un promedio de notas igual o superior a cuatro punto, dos (4.2).
De esta beca se dejará registro en la hoja de vida del estudiante con la denominación "MATRÍCULA DE HONOR".
Nota: Los estudiantes que hayan adelantado materias como consecuencia de un rendimiento académico positivo, no se consideran estudiantes desnivelados, por lo tanto, las notas de las asignaturas adelantadas deben computarse en el período académico correspondiente.
Beneficiarios de las BECAS
LISTADOS DE BECAS