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/viceadministrativa_s.jpg Devolución de Dinero

 

DEVOLUCIÓN Y APLICACIÓN DE DINERO

Este Instructivo describe todas las actividades mediante el cual las personas que consignaron los valores correspondientes a Derechos Pecuniarios de matrícula, cursos de extensión y otros, a la Universidad del Tolima y que no hicieron uso de este derecho, pueden solicitar la devolución o aplicación del respectivo dinero.

Icono pdfInstructivo devolución y aplicación de dinero - Código: GF- I02

Icono pdfResolución 0378 de 2022 (6 de abril de 2022)  “Por la cual se deroga la Resolución N. 1446 del 20 de octubre de 2017, y se establecen los criterios para devoluciones y aplicaciones de dinero para las modalidades de Pregrado y Posgrado de la Universidad del Tolima”

Se realizará devolución de dinero por los siguientes conceptos:

  1. Cuando una vez cerradas las inscripciones, el número de inscritos no permite la oferta del programa.  
  2. Cuando se pague el valor de la matrícula y no se legalice la matrícula académica.
  3. Cuando se pague la matrícula habiendo sido sancionado académicamente con doble (BRA) Bajo Rendimiento Académico.

Se fijan los criterios para devoluciones y aplicaciones a quienes realizan el pago financiero por:

  • Matrícula, becas de pregrado y Continuidad académicas. La recepción de la documentación para estos casos, se realiza directamente con la Oficina de Liquidación de Matricula al correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Cursos ofertados Centro de Idiomas-Convocatorias- Seminarios de profundización o docencia- cursos libres-educación continuada-Validaciones-Derechos de grado- Niveles introductorios-Diplomados-solicitudes de posgrados La recepción de la documentación para estos casos, se realiza directamente con la facultad a la cual se le hayan consignado los dineros. Es pertinente aclarar que La Unidad Académica verifica y certifica que no hicieron uso del servicio.

Bajo ningún criterio se contempla la devolución del dinero por derechos de inscripción.

En ningún caso   la cancelación de la matrícula, supone la devolución de los dineros pecuniarios de matrícula.

Las solicitudes de devolución de dinero deberán presentarse durante el periodo académico para el cual se efectuó el pago y se reconocerán de acuerdo a tabla (Parágrafo Primero- Resolución 1446 de 2017).

 

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