Trámite de Resoluciones
Teniendo en cuenta el concepto de acto administrativo y en aras de propender por el mejoramiento constante en los procesos y en prestar un servicio de asesoría legal con calidad y oportunidad, se considera necesario establecer directrices para el trámite de las resoluciones.
La resolución puede ser remitida para revisión por correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Debe contener todos los soportes (RP, CDP, autorización del Comité que lo avale, acta de los consejos de facultad si ellos han autorizado, tablas de liquidación previamente revisadas por la Vicerrectoría Académica,) entre otros. Adicionalmente se debe tener en cuenta la Resolución 1655 de 23 de diciembre de 2016.
Los considerandos deben contener de manera clara y sucinta las razones de la expedición de la Resolución (motivación del acto administrativo). Debe relacionarse la normatividad que se aplica al procedimiento y verificarse la vigencia. En el "Resuelve" debe nombrarse el CDP y explícitamente el rubro al cual se causará.
Tipos de Resoluciones:
- Resolución vinculación de cátedra: La Vicerrectoría Académica revisa y da viabilidad (Jornada Laboral - Acuerdo 092 de 1991). Requiere firma del Vicerrector Académico.
- Resolución Reconocimiento de Conferencistas: Aplica Resolución 007 de 2016 y la Resolución 1544 de 2016.
- Resolución de Encargo: El Rector como nominador determina el encargo. Pasa a revisión y firma de la División de Relaciones Laborales, Oficina Jurídica y Contractual y Rectoría. La Oficina Jurídica no avalará resoluciones con fecha posterior a la ausencia del titular.
En caso de errores, la Oficina Jurídica devolverá el documento por correo. La dependencia responsable deberá realizar los ajustes y enviar nuevamente, anexando los folios corregidos.










