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UNIVERSIDAD DEL TOLIMA
RECTORÍA
2025
CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS(AS) REPRESENTANTES DE LOS(AS) TRABAJADORES ANTE LA COMISIÓN DE PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DEL TOLIMA
CONVOCATORIA
Convocatoria:
Convocar al proceso de elección de los(as) representantes de los(as) trabajadores(as) ante la Comisión de Personal de la Universidad del Tolima, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este Acto.
FUNCIONES
De las funciones de la comisión: De conformidad con la normativa nacional y la Resolución de Rectoría No. 0115 del 04 de marzo del 2016, las funciones de la Comisión de Personal serán las siguientes:
a) Velar porque los procesos de selección para la provisión de empleos y de evaluación del desempeño se realicen conforme con lo establecido en las normas y procedimientos legales y reglamentarios y con los lineamientos señalados por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las citadas atribuciones se llevarán a cabo sin perjuicio de las facultades de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Para el efecto, la Comisión de Personal deberá elaborar los informes y atender las solicitudes que aquella requiera.
b) Resolver las reclamaciones que en materia de procesos de selección y evaluación del desempeño y encargo les sean atribuidas por el procedimiento especial.
c) Solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil la exclusión de la lista de elegibles de las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las respectivas convocatorias, o con violación de las leyes o reglamentos que regulan la carrera administrativa. En el caso de no atenderse la solicitud, deberán informar de esta situación a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que adopte las medidas pertinentes.
d) Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que formulen los empleados de carrera que hayan optado por el derecho preferencial a ser vinculados, cuando se les supriman sus empleos, por considerar que han sido vulnerados sus derechos.
e) Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que presenten los empleados por los efectos de las incorporaciones a las nuevas plantas de personal de la entidad o por desmejoramiento de sus condiciones laborales o por los encargos.
f) Velar porque los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas legales y porque las listas de elegibles sean utilizadas dentro de los principios de economía, celeridad y eficacia de la función administrativa-
g) Velar porque en los procesos de selección se cumplan los principios y reglas previstas en esta ley.
h) Participar en la elaboración del plan anual de formación y capacitación y en el de estímulos y en su seguimiento.
i) Proponer en la respectiva entidad la formulación de programas para el diagnóstico y medición del clima organizacional.
j) Las demás funciones que le sean atribuidas por la ley o el reglamento.
REQUISITOS
Requisitos para aspirar a la de los(as) trabajadores ante la comisión de personal: los candidatos deberán acreditar los siguientes requisitos:
a) No haber sido sancionados disciplinariamente durante el año anterior a la fecha de la inscripción de la candidatura
b) Ser empleado de carrera administrativa
c) No haber sido representante de los empleados como principales o suplentes, en el periodo inmediatamente anterior.
INSCRIPCIONES
Los candidatos deberán inscribirse y acreditar las calidades exigidas en el artículo anterior ante la Dirección Gestión del Talento Humano o quien haga sus veces, dentro de los cinco (5) días siguientes a la divulgación de la convocatoria contenida en este acto administrativo. Si dentro del término no se inscribieren por lo menos cuatro (4) candidatos, o los inscritos no acrediten los requisitos exigidos, este término se prorrogará por un lapso igual.
La solicitud de inscripción de hará por escrito y contendrá la siguiente información:
• Nombres y apellidos completos del candidato
• Documento de identidad
• Manifestación expresa de quien reúne los requisitos
• Firma del candidato (a) como garantía de seriedad de la
inscripción.
Pueden participar como electores:
a) Los servidores de carrera administrativa
b) Los servidores de periodo
c) Los servidores de libre nombramiento y remoción
d) Los servidores de elección popular
Verificación de requisitos de los aspirantes: La Dirección Gestión del Talento Humano dispondrá de un (1) día hábil, contados desde el día hábil siguiente al cierre de inscripciones, para realizar la verificación del cumplimiento de los requisitos.
Electores: Pueden participar como electores:
a) Los servidores de carrera administrativa
b) Los servidores de periodo
c) Los servidores de libre nombramiento y remoción
d) Los servidores de elección popular
Se excluyen a quienes desempeñen empleos temporales y trabajadores oficiales.
Mecanismos de votación: La apertura del proceso electoral se realizará a través de mecanismos virtuales.