FUNCIONES COMITÉ CENTRAL DE CURRÍCULO
- Proponer al Consejo Académico políticas de desarrollo curricular de conformidad con los lineamientos estratégicos del PEI y en el marco de la normatividad vigente y las dinámicas del entorno.
- Asesorar al Consejo Académico en la definición de políticas y objetivos institucionales en lo referente a docencia, investigación e interacción social.
- Formular e implementar estrategias orientadas a cumplir las políticas académicas de la Universidad a través de los Comités Curriculares.
- Desarrollar actividades de formación en currículo dirigidas a los miembros de los Comités Curriculares de las Unidades Académicas y al profesorado en general.
- Asesorar al Consejo Académico en la definición de políticas y objetivos institucionales en materia de currículo y pedagogía.
- Revisar y avalar el modelo de autoevaluación y propender por el fortalecimiento del sistema de autoevaluación institucional.
- Revisar y avalar las propuestas de nuevos programas académicos de pregrado y postgrado, así como la información complementaria o respuestas a las que haya lugar para efectos de registro calificado y acreditación de programas académicos.
- Evaluar semestralmente el desarrollo curricular de la Universidad y, proponer los ajustes y las modificaciones que sean pertinentes.
- Presentar al Consejo Académico informes semestrales sobre los estudios y actividades adelantadas.
RESOLUCIÓN N° 0990 DE 2025 ( Agosto 13 de 2025 ) “Por medio de la cual se asignan a una docente de planta actividades de asesoría en la Vicerrectoría de Docencia”
FUNCIONES DEL COORDINADOR GENERAL DE CURRÍCULO (Acuerdo CS 005 de 2003)
Son funciones del Coordinador de Currículo las siguientes:
- Promover las actividades pertinentes en cuanto a la revisión, discusión, análisis y evaluación de currículo de la Universidad. Así como presentar propuestas y elaborar conceptos relacionados con el currículo.
- Ser puente de comunicación entre el Comité Central de Currículo y los Comités Curriculares de cada Unidad o Programa Académico.
- Dar a conocer a la comunidad universitaria en general la información pertinente y actualizada, emanada de la Vicerrectoría Académica y del Comité Central de Currículo.
- Comunicar oportunamente las decisiones y recomendaciones tomadas por el Comité Central de Currículo, y diligenciar los informes correspondientes al Consejo Superior, al Rector y al Consejo Académico.
- Mantener un archivo ordenado de la correspondencia y del material bibliográfico del Comité Central de Currículo.
- Preparar la agenda y el material para cada reunión del Comité Central de Currículo y elaborar el acta respectiva.
- Rendir informe semestral del desarrollo de las funciones a su cargo. Las demás que le correspondan de acuerdo a la naturaleza de su cargo.